Especialidad Computación

El Técnico en Computación de Nivel Secundario será capaz de:

  • Proyectar, producir, adaptar, implantar y mantener aplicaciones informáticas.
  • Proyectar, instalar, configurar y mantener sistemas informáticos.
  • Realizar la documentación técnica y la de los usuarios de acuerdo con los requerimientos funcionales y técnicos de las aplicaciones y sistemas.
  • Asistir y asesorar a los usuarios para la elección, adquisición, instalación y personalización de aplicaciones de equipos y sistemas.
  • Actuar en todos los casos bajo las normativas de seguridad vigentes.
  • Desempeñarse profesionalmente en relación de dependencia o mediante emprendimientos económicos-productivos en forma individual o asociativa.

Especialidad Electrónica


El Técnico en Electrónica de Nivel Secundario será capaz de:

  • Arbitrajes y tasaciones que se encuentren comprendidos en las funciones que otorga el perfil profesional.
  • En las actividades de diseño y desarrollo de componentes y equipos de electrónica analógica y/o digital:
    • En telecomunicaciones hasta 2 kVA.
    • En electrónica Industrial hasta 5 kVA.
    • Control industrial y automatización hasta 5 kVA.
  • En las actividades de operación y mantenimiento de componentes y equipos:
    • En telecomunicaciones hasta 50 kVA.
    • En electrónica Industrial hasta 50 kVA.
    • Control industrial y automatización hasta 50 kVA.
  • En las actividades de montar e instalar componentes y equipos de electrónica analógica y/o digital:
    • En telecomunicaciones hasta 5 kW.
    • En electrónica industrial hasta 5 kVA y tensión de alimentación y manejo de 3 x 380 VCA.
    • Control industrial y automatización hasta 5 kVA y tensión de alimentación y manejo de 3 x 380 VCA.
    • Equipos que desarrollen tensiones estáticas de hasta 50000 V.

Especialidad Electricidad


El Técnico en Electricidad de Nivel Secundario será capaz de:

  • Realizar el proyecto, diseño y cálculo de instalaciones eléctricas para iluminación, señalamiento, comando y fuerza motriz, generación y/o transformación de energía; líneas de alimentación y/o distribución de energía eléctrica; instalaciones de automatización y control programas de mantenimiento.
  • Realizar la dirección y/o supervisión de instalaciones eléctricas para iluminación, señalamiento, comando y fuerza motriz; para generación y/o transformación de energía; líneas de alimentación y/o distribución de energía eléctrica. Instalaciones de automatización y control. Programas de mantenimiento.
  • Puntos 1 y 2: en inmuebles (viviendas uni y multifamiliares, oficinas y locales); fábricas, talleres, industrias; infraestructura urbana y/o rural y empresas de servicios eléctricos. Con límites de: Potencia eléctrica hasta 2000 kVA. Tensión hasta 13,2 kV inclusive. Superficie del predio y/o recinto de acuerdo al proyecto.
  • Ejecutar el montaje e instalaciones eléctricas en inmuebles de corrientes débiles, para iluminación, señalamiento, comando y fuerza motriz; de generación y/o transformación de energía; líneas de alimentación y/o distribución de energía eléctrica e instalaciones de automatización y control.
  • Realizar la dirección, planificación y/o ejecución del mantenimiento de componentes, máquinas e instalaciones eléctricas; grupos e instalaciones para generación de energía eléctrica; instalaciones transformadoras de energía eléctrica; líneas de alimentación y/o distribución de energía eléctrica; instalaciones de automatización y control.
  • Puntos 3 y 4: en inmuebles (viviendas uni y multifamiliares, oficinas y locales); fábricas, talleres, industrias; infraestructura urbana y/o rural y empresas de servicios eléctricos: sin limitaciones. Quedan excluidas las cámaras o subestaciones de alta tensión mayores a 13,2 kV y 2000 kVA, donde actuará bajo supervisión.
  • Realizar tareas de peritajes, arbitrajes, tasaciones y/o certificaciones conforme a normas vigentes que se encuentren comprendidas en las habilitaciones que otorgan los puntos anteriores.