SISTEMA DE CONVIVENCIA INSTITUCIONAL


1. FUNDAMENTACIÓN

El Sistema de Convivencia tiene como objetivo principal promover la participación de toda la Comunidad, con el fin de facilitar un clima de trabajo adecuado para el desarrollo de las tareas pedagógicas. Para lograr este objetivo, se requiere la producción de un orden, que debe basarse no en el temor, sino en el interés y/o en el hecho de compartir valores comunes.

Por lo tanto, los valores a promover, se basan fundamentalmente en la consideración de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa, en especial:

  • El respeto por la vida, la condena de la violencia y la defensa de la paz.
  • La justicia, la verdad y la honradez.
  • La solidaridad, la cooperación, la tolerancia, y el rechazo de todo tipo de discriminación.
  • La responsabilidad ciudadana, el respeto a los símbolos patrios y el compromiso social.
  • La responsabilidad individual, en tanto miembro de la Comunidad Educativa. Así mismo, los Objetivos del Sistema Escolar de Convivencia, serán:
    • Propiciar la participación democrática de todos los sectores de la Comunidad Educativa, en la elaboración, construcción y respeto de las normas que rijan la convivencia institucional.
    • Fomentar la práctica permanente de la evaluación de conductas, como fundamento del proceso de educar.
    • Facilitar la búsqueda de consenso a través del diálogo, para el reconocimiento, abordaje y solución de conflictos.
    • Generar las condiciones institucionales para la retención y finalización de los estudios secundarios de los alumnos.
    • Posibilitar la formación de los mismos en las prácticas de la ciudadanía democrática.
    • Proveer los mecanismos necesarios para la resolución de conflictos.
  • Por último, este Sistema de Convivencia cumple con la Ley N° 223, de la Ciudad autónoma de Buenos Aires, que configura el Marco Normativo conjuntamente con su Decreto Reglamentario N° 1400 -GCBA - 2001.

2. NORMAS

Las normas, regulan las interacciones entre todos los miembros de la Comunidad Educativa, y aseguran el cumplimiento de sus propósitos educativos. Las mismas cumplen con la Reglamentación vigente para las Escuelas Medias y Técnicas y han sido elaboradas poniendo el acento en los valores que se deben respetar dentro de la Escuela, con la propia persona y con el otro, que ayuden a una mejor convivencia entre todos.

2.1 DEBERES DE LOS ALUMNOS
  • Respetar a todos los integrantes de la escuela.
  • Respetar los símbolos patrios.
  • Cuidar los bienes de la Unidad Escolar y contribuir a su mantenimiento e higiene.
  • Respetar las normas de seguridad en todo el ámbito escolar, especialmente en los Talleres y Laboratorios.
  • Concurrir puntualmente a las obligaciones escolares.
  • Cuidar el aspecto personal, respetando las pautas elementales de higiene y prolijidad.
  • No deberán ingresar a la escuela con bermudas, pantalón corto, musculosa, u ojotas.
  • No podrán utilizar gorros dentro del Establecimiento Escolar.
  • No fumar dentro del Establecimiento.
  • No traer al establecimiento elementos que no tengan relación con los estudios; caso contrario, la Escuela no se hará responsable de las mismas.
  • Concurrir diariamente con el Cuaderno de Comunicaciones, siendo obligatoria su presentación con toda la información remitida a los padres debidamente firmada.
  • Respetar las consignas dadas por el personal docente y no docente de la Escuela.
  • No retirarse del Aula, Taller o Laboratorios en horas de clase, y/o de la Escuela sin autorización.
2.2 DEBERES DE LOS ALUMNOS
  • Ser respetados en su integridad y dignidad personal.
  • Recibir educación en cantidad y calidad, tal que posibiliten el desarrollo de sus capacidades, habilidades, juicio crítico y sentidos de responsabilidad y solidaridad social.
  • Ser escuchados en todos los hechos que los involucren.
  • Conocer los objetivos, contenidos programáticos, criterios y calificaciones de evaluaciones de cada asignatura, así como los requisitos para la presentación de material explicitado por el profesor.
  • Ser informados sobre los distintos aspectos que hacen a la dinámica de la Institución Escolar.

3. CONSEJO DE CONVIVENCIA

El Consejo de Convivencia estará constituido por los siguientes miembros: Rector o Vicerrector, Regente del turno, Sub-Regente, 2 (dos) integrantes por el Departamento de Orientación Escolar, 2 (dos) Profesores, 2 (dos) Maestros de Taller, 2 (dos) Preceptores, 2 (dos) Padres de los alumnos y 2 (dos) Alumnos.

Los profesores Tutores y los Preceptores del curso serán invitados a participar del Consejo cuando los hechos se consideren pertinentes.

En caso de no lograrse consenso en las medidas a tomar, los miembros del Consejo habilitados, ejercerán su derecho a voto, excepto el/los Profesionales asesores (psicólogo o psicopedagogo), y los Directivos presentes en el Consejo, que no votan en razón de sus cargos.

Solo en caso de empate, el Directivo que presida el Consejo, deberá votar.

El Consejo de Convivencia realizará reuniones periódicas, además de las que sean convocadas por otras situaciones que así lo requieran y/o revistan gravedad, y que por lo tanto, deban resolverse a la brevedad.

3.1 ELECCIÓN DE SUS MIEMBROS

Los Profesores, Maestros de Taller, Preceptores, Padres y Alumnos serán elegidos por sus pares. El comienzo del mandato es el 1ero. de abril, con una duración de 2 (dos) años, excepto para los alumnos, que permanecen 1 (un) año.

Serán convocados para el Consejo de Convivencia los padres que integren la Asociación Cooperadora de la Escuela.

4. SANCIONES

La sanción se aplica al quebrantarse la norma; es la consecuencia del incumplimiento de la misma.

Las sanciones previstas y los mecanismos de aplicación de las normas de convivencia deberán:

  • Valorizar el contenido educativo de las mismas y el reconocimiento del error como fuente de aprendizaje.
  • Promover la reparación del daño causado.

Las medidas a aplicar frente a situaciones conflictivas con los alumnos pueden ser:

  • Advertencia o llamado de atención verbal.
  • Apercibimiento escrito.
  • Reparación de las faltas cometidas, mediante actividades a favor de la Escuela y la Comunidad Educativa.
  • Suspensión. (1)
  • Cambio de División.
  • Cambio de Turno.
  • Separación del establecimiento. (2)

En todos los casos en que el alumno sea sancionado, quedará asentado en el Cuaderno de Comunicaciones y en su Ficha de Seguimiento. Además se citará al alumno y sus padres para acordar instancias de diálogo y reflexión.

  1. La Suspensión, puede alcanzar de uno (1) a tres (3) días y ser aplicada hasta dos (2) veces en cada ciclo lectivo, con cómputo de inasistencia.
    Durante el período de separación, el alumno deberá cumplir con un plan de tareas pedagógicas, que los docentes elaborarán en función de los contenidos que se desarrollen en este período.
  2. El alumno no podrá reintegrarse hasta tanto se cumpla el plazo de la sanción.

  3. La Separación del Establecimiento, puede tomar el carácter de:
    • a. ”Separación permanente por el resto del año escolar”: que incluye parte del período de evaluación continua Marzo-Marzo. En años posteriores, el alumno podrá solicitar su matriculación en el Establecimiento, previa firma de un acta de compromiso por parte del alumno y su representante legal.
    • b. “Separación definitiva”: imposibilidad para el alumno sancionado, de re- inscribirse en el Establecimiento en años posteriores.

En ambos casos de separación del Establecimiento, se gestionará la asignación de una vacante en otra Escuela.

5. FALTAS

Se establecen tres categorías de faltas: Leves, y Graves/ Muy Graves.

Se consideran faltas:

  • Leves:
    • Concurrir sin el cuaderno de comunicaciones; presentarlo sin firmar y/o en malas condiciones.
    • No respetar las consignas dadas por los profesores y/o preceptores.
    • Generar malestar a través de conductas tales como: hablar permanentemente entre compañeros en el aula y la formación; pararse y desplazarse por el aula sin autorización; utilizar celulares o netbook en el aula sin el consentimiento del profesor; hacer comentarios fuera de lugar.

    La reiteración de Faltas Leves serán consideradas por el Consejo de Aula/ Convivencia.

  • Graves/Muy Graves:
    • Permanecer fuera del Aula, Taller o Laboratorio, o retirarse de los mismos durante las horas de clase, sin autorización.
    • Fumar en el Establecimiento.
    • Dañar o ensuciar premeditadamente lugares u objetos de la institución escolar, así como los bienes de cualquier integrante de la Comunidad Educativa.
    • Agredir verbalmente a cualquier miembro de la Comunidad Escolar.
    • Agredir físicamente a cualquier miembro de la Comunidad Escolar.
    • Retirarse del Establecimiento sin autorización.
    • No respetar las normas de seguridad en el Taller y en los Laboratorios, poniendo en peligro su integridad física y la de los demás.
    • Falsificar o adulterar documentos o firmas.
    • Robar dinero, objetos personales y todo aquello que sea propiedad de la Escuela o de cualquier miembro de la Comunidad Educativa.
    • Ingresar a la Escuela portando objetos peligrosos que puedan dañar a otros o a sí mismos.
    • Distribuir, poseer o comercializar drogas.

6. SANCIONES QUE SE APLICARÁN ANTE UNA FALTA

  • Faltas Leves:
    • Se sancionará con un llamado de atención y advertencia verbal.
    • Se reflexionará en forma conjunta con el alumno sobre la situación, buscando la modificación de la conducta a partir de la toma de conciencia, respecto a las consecuencias de la transgresión cometida.
    • La reiteración de Faltas Leves serán factibles de ser tratadas por el Consejo de Aula/Convivencia.
  • Faltas Graves/Muy Graves
    • Se sancionará con un Apercibimiento Escrito.
    • Al notificarse el alumno, se le dará la oportunidad de realizar su descargo también por escrito, y este se adosará a su ficha.
    • Ante una falta grave, o su reiteración, el Rector convocará a una reunión del Consejo de Convivencia, quien sugerirá, la sanción a aplicar.
    • La misma se determinará en función de la transgresión cometida, sus consecuencias y los valores puestos en juego.
    • Asimismo se consideraràn las caracterìsticas particulares del alumno (edad, historia personal/familiar, antecedentes escolares y otros).
    • Considerando el informe del Consejo, el Rector del Establecimiento, resolverá la pertinencia de la Sanción solicitada y decidirá sobre su aplicación.
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